Valor de la indemnizacion en el seguro de robo
Valor de la indemnización en el seguro de robo
La indemnización del asegurador comprenderá necesariamente, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 27:
1º) El valor del interés asegurado cuando el objeto asegurado, efectivamente, sea sustraído y no fuera hallado en el plazo señalado en el contrato.
2º) El daño que la comisión del delito, en cualquiera de sus formas, causare en el objeto asegurado.